REGULATORY – ¿TU PROTECTOR SOLAR CONTIENE OCTOCRILENO Y/O BENZOFENONA-3?

REGULATORY – ¿TU PROTECTOR SOLAR CONTIENE OCTOCRILENO Y/O BENZOFENONA-3?

El 7 de julio de 2022 se publicó el Reglamento (UE) 2022/1176 por el que se modifica el Reglamento (CE) 1223/2009 en relación con el uso de dos filtros UV utilizados en cosméticos, la Benzofenona-3 y el Octocrileno.

Ambas sustancias se consideran preocupantes para la salud humana por sus posibles propiedades de alteración endocrina. Por este motivo, el SCCS publicó dos dictámenes, SCCS/1625/20 y SCCS/1627/21. Tras revisar estas opiniones, la Comisión Europea modificó las entradas 4 y 10 del anexo VI del Reglamento 1223/2009 respectivamente para la Benzofenona-3 y el Octocrileno.

Las nuevas entradas del anexo VI son las siguientes:

Anexo VI/4: Benzofenona-3:

  1. a) Productos faciales, productos para las manos y productos para los labios, excluidos los productos propulsores y los pulverizadores de bomba. La concentración máxima en el producto listo para el uso es del 6%.
  2. b) Productos corporales, incluidos los productos propulsores y los pulverizadores de bomba. La concentración máxima en el producto listo para su uso es del 2,2%.
  3. c) Otros productos. La concentración máxima en el producto listo para su uso es del 0,5%.

Además, para a) Si se utiliza al 0,5% para proteger la formulación, los niveles utilizados como filtro UV no deben superar el 5,5%. Para b) Si se utiliza para proteger la formulación del producto, los niveles utilizados como filtro UV no deben superar el 1,7%.

Para a) y b) debe declararse en la etiqueta la advertencia «Contiene Benzofenona-3«, a menos que la concentración sea del 0,5% o inferior y cuando se utilice sólo para proteger el producto.

Anexo V/10: Octocrileno:

  1. a) Productos propelentes en aerosol. La concentración máxima en el producto listo para el uso es del 9%.
  2. b) Otros productos. La concentración máxima en el producto listo para el uso es del 10%.

El Reglamento entró en vigor el 28 de julio de 2022. La fecha límite para cumplir con las restricciones establecidas en el Reglamento (CE) nº 1223/2009 es el 28 de julio de 2023.

Por lo tanto, ¡quedan pocos días para cumplir con las nuevas restricciones!

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